Costa Rica es un país de derecho, por tanto, el servicio Prehospitalario está
claramente regulado, y define claramente el Estándar de
Cuidados: que una persona debe cumplir con las actividades y
situaciones, de las cuales es responsable cualquier persona entrenada en
Primeros Auxilios.
Y nosotros como seres humanos, sentimos la necesidad
de sobrevivir a las situaciones adversas, esto nos lleva a atender a personas
desconocidas, procurando su bienestar, por el sencillo deseo de nuestro Deber de
Actuar.
A ninguna persona se le puede demandar por ayudar, así
o dice nuestras leyes, pero si la pueden demandar por omitir esa ayuda y aún
más severo sería el castigo, si la víctima fallece. El simple hecho de llamar
al 9-1-1 y pedir ayuda, ya le brinda una oportunidad de salvar esa vida, tan
valiosa.
Ética
Esta disciplina, nos la inculcan desde niños, nos
enseñan el bien y el mal; y su relación con la moral y nuestro comportamiento
en la comunidad. Nuestros Padres nos dieron un conjunto de costumbres y normas
para dirigir nuestra vida por un sendero de honradez y rectitud. Todos tenemos
ética, solo depende de cada uno aplicarla a su vida o vivir cometiendo actos de
corrupción.
•
Actúe con el máximo de sus
capacidades de acuerdo con sus conocimientos, recuerde que su principal
objetivo es brindar atención a quien así lo requiera.
•
Con el fin de evitar duplicidad de
esfuerzos, contradicciones y conflictos en las relaciones con los demás, cuide
de no atribuirse funciones que no le corresponden y más aún si en la escena se
encuentra personal más capacitado que usted.
•
Exprésese con vocabulario adecuado y
prudente, sea cauto, no utilice lenguaje técnico al atender una víctima,
haciendo esto solo pierde tiempo y dificulta la comunicación.
•
Tome las precauciones del caso en la
atención del paciente, actúe de manera que no cause demoras injustificadas.
Recuerde que salvo situaciones extremas no hay nada que justifique una
inadecuada atención y servicio.
•
Después de atender a una víctima,
use la retroalimentación tomando en cuenta sus propios errores. Esto es
precisamente lo que distingue la rutina de la experiencia.
•
No acepte dádivas, obsequios o
recompensas que le ofrezcan como retribución a sus funciones.
•
Ante todo trate de conocer al ser
humano como tal, sus debilidades y fortalezas, no actúe con mala fe, sino con
objetividad. Trate de que su camino sea fértil para que la cosecha sea buena.
Derechos y deberes de las víctimas y
sus rescatadores
Consentimiento: es la
aceptación, acuerdo, aprobación o autorización, para que se dé la atención a un
paciente. Cuando se habla de actividades relacionadas con el cuidado de
urgencia, se dice que existen tres formas de consentimiento:
–
Actual: cuando el
paciente acepta ser atendido, esta orientado y consciente de su decisión.
–
Explícito: cuando se
solicita permiso al encargado legal o familiar para asistir a un paciente
inconsciente, confundido, severamente lesionado, menor de edad o con discapacidad
mental.
–
Implícito: la facultad
de asistir a un paciente inconsciente, confundido, severamente lesionado, con
discapacidad mental o menor de edad, que no puede tomar decisiones. En este
caso se asume que si estuviera consciente o si el encargado legal o familiar
estuviera presente, hubiera deseado que se le atendiera.
–
Rechazo: algunas
veces puede que el paciente no acepte ser atendido, a pesar de su extrema
necesidad de ayuda. Cualquier persona mayor de edad está en el legítimo derecho
de decir tal cosa, pero si la persona que rechaza el tratamiento que se le
ofrece produce la impresión de confusión, irracionalidad o incompetencia, su
rechazo puede no considerarse válido. En este caso puede empezar a darle la
ayuda de urgencia necesaria. El problema sería distinto si alguien, aunque
seriamente lesionado, parece estar plenamente consciente de sus decisiones y
rechaza la atención.
Posibles situaciones de sanción
•
Imprudencia: aplicar
técnicas o procedimientos para los cuales no ha sido capacitado (a).
•
Inmunidad: es el
derecho y el privilegio, que se tiene para trabajar de acuerdo a su nivel y al
máximo de su capacidad, sin que nadie realice acciones legales en su contra.
•
Negligencia: descuido o
indebida aplicación de los conocimientos al momento de brindar los primeros
auxilios.
•
Impericia: quiere
decir que actúa con falta de habilidad y práctica al momento de desempeñarse.
•
Abandono: al ayudar a
alguien en una emergencia médica o a un lesionado de un accidente, ha iniciado
legalmente su cuidado. En caso de que usted se retire de la escena antes de
entregar el paciente a personal más capacitado, usted lo ha abandonado y puede
estar sujeto a acciones legales en contra suya.
•
Confidencialidad: luego de
dar atención a un paciente, usted no debe comentar detalles del suceso, ni debe
decir el nombre de las personas que atendió. Si comenta sobre el accidente, no
dé detalles acerca de lo que el paciente dijo, de cómo se comportó, ni
cualquier descripción de su apariencia personal. Si hace esto, invade la
privacidad del paciente.
Reproducido
del Manual del Curso Básico de Primeros Auxilios
Benemérita
Cruz Roja Costarricense
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